Fue durante una audiencia realizada este miércoles. El Juez Cristian Fiz rechazó la pretensión de libertad perseguida ppr la defensa y confirmó la resolución de primera instancia. Entre lágrimas, la familia pidió que se haga justicia.

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Rafaela Noticias estuvo presente en la audiencia Foto: RN

El juez de segunda instancia Cristian Fiz, rechazo que Gonzalo Farías, señalado como el presunto autor del disparo que terminó con la vida de Iván Ávila, recuperara la libertad y confirmó la prisión preventiva que viene cumpliendo desde noviembre del año pasado. La medida fue adoptada tras una audiencia que se extendió por más de una hora y media y que Rafaela Noticias cubrió en exclusiva.

En la sala de audiencias, se encontraban presentes, además del juez, el Fiscal de Homicidios, Martín Castellano y la abogada querellante, la Dra. Paola Pradolini. En tanto, la defensa estaba a cargo de la Dra. Amalia Cassina. Desde la barra, el trámite de la audiencia fue seguida por familiares de la víctima.

Cabe recordar que Farías, de 20 años de edad, está señalado como el responsable de efectuar el disparo que provocó la muerte de Ávila, la noche del pasado 3 de noviembre, en barrio 2 de abril, en medio de un enfrentamiento del que Ávila nada tenía que ver.

 

 

 

 

 

El hecho se produjo aproximadamente a las 21 horas de ese día, cuando el acusado, quien portaba un revolver presumiblemente calibre 38, junto a un grupo de unas 5 personas, interceptaron a otras dos con quienes mantenían una rivalidad, en la esquina de las calles Cortázar y Paul Harris.

Allí se produjo un enfrentamiento que incluyó amenazas y golpes. En ese tumulto, uno de los “adversarios” quiso refugiarse en una casa, pero al ser resistido por los ocupantes, huyó por Paul Harris al sur, rumbo a calle Marchini. Entonces Farías, desde una distancia de unos 100 metros, le efectuó un disparo que terminó hiriendo a Iván Ávila, de 45 años, que se encontraba circunstancialmente en la vereda de su casa de calle Paul Harris.

Farías y su grupo escaparon por Cortázar rumbo a calle Brunelli, pero Iván quedó herido en el suelo. La bala impactó en la zona lateral derecha de la cabeza y quedó alojada en el cráneo, provocando una importante hemorragia. Primero fue trasladado al Hospital «Dr. Jaime Ferré» y luego derivado al José María Cullen de la capital provincial donde finalmente falleció.

 

 

Durante la audiencia de apelación celebrada este miércoles, la abogada del Ministerio Público de la Defensa Penal, pidió la libertad de su defendido al entender que el juez de primera instancia no valoró objetivamente los hechos y basó su resolución en la acusación del Fiscal Castellano.

Concretamente, argumentó contra la figura penal escogida al manifestar que no hubo una decisión de causar muerte y aseguró, basándose en la declaración parcial de testigos, que una de los protagonistas del enfrentamiento que terminó con la muerte de Ávila, estaba armado.

Específicamente, señaló a uno de los sujetos que fue agredido previamente por Farías y su grupo en la esquina de calles P. Harris y Cortázar y que escapó corriendo en dirección a calle Marchini. En palabras de la defensora, cuando el sujeto escapaba, pudo haber efectuado un disparo que rebotó en el techo de una de las viviendas y terminó impactando en Ávila.

 

 

Además, criticó en su apelación que la medida cautelar adoptada resulta “desproporcionada” y ofreció que su pupilo recupere la libertad, pero continúe sujeto al proceso residiendo en otra localidad. Subsidiariamente, ofreció que se dicte una prohibición de ingreso a Rafaela y una prohibición de acercamiento y contacto con las víctimas y testigos.

Castellano se refirió a lo resuelto por el juez de segunda instancia y valoró que “entendió que con las evidencias que presentamos en esta instancia procesal, se puede afirmar la participación del imputado como autor del hecho ilícito investigado”. Además, el fiscal del MPA hizo hincapié en que “el magistrado también sostuvo que la pena eventual que le podría corresponder al imputado sería de efectivo cumplimiento, razón por la cual, están latentes los peligros procesales”.

En relación con el encuadre legal atribuido por la Fiscalía, Castellano informó que “el camarista estuvo de acuerdo con nuestro criterio, y consideró que la prisión preventiva resultaba proporcional con las calificaciones de homicidio doloso agravado (por su comisión con arma de fuego) y portación de arma de fuego de guerra sin la debida autorización agravada”.

El fiscal del MPA remarcó que “el juez de segunda instancia consideró que era necesario proteger a los testigos, para que puedan declarar de manera libre en un eventual juicio oral”. En tal sentido, Castellano concluyó que “el camarista dijo que existen elementos suficientes como para configurar el riesgo de entorpecimiento probatorio, que no puede ser conjurado de otro modo que con la prisión preventiva del imputado”, subrayó el fiscal.

Durante su análisis, Fiz valoró la positivamente la posición de la parte acusadora y sostuvo que no encontró motivos para revocar la medida adoptada por el juez Nicolás Stegmayer. Por ello, rechazó la postura de la defensa y confirmó en todos sus términos la resolución cuestionada.

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