La medida alcanza a toda práctica de cuidado y limpieza de vehículos en la vía pública dentro del área céntrica. El municipio continúa con tareas de información y concientización antes de la aplicación de sanciones.

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Desde este 15 de abril de 2026 rige la prohibición de la actividad de lavado, cuidado y limpieza de vehículos en la vía pública dentro de la Zona de Estacionamiento Controlado (ZEC), según lo establece el Decreto N.º 189/2026.

En ese marco, agentes del Departamento de Protección Vial y Comunitaria y de la Dirección de Guardia Urbana Rafaelina recorren los comercios del sector para informar formalmente sobre los alcances de la normativa, notifican por escrito a los titulares y entregan copia del decreto.

La disposición prohíbe este tipo de prácticas en todas sus modalidades, ya sean gratuitas u onerosas, e incluye tanto a quienes desarrollan la actividad como a los conductores o propietarios de los vehículos que aceptan el servicio, así como a quienes facilitan o incentivan su realización, por ejemplo mediante la provisión de agua o elementos de limpieza.

El incumplimiento de la normativa puede dar lugar a sanciones que van de 3 a 100 Unidades de Multa (UM), siendo los Juzgados de Faltas Municipales los encargados de su juzgamiento.

Las tareas de control están a cargo del Departamento de Protección Vial y Comunitaria y la Guardia Urbana Rafaelina, con la coordinación de la Unidad Regional V de la Policía de la Provincia de Santa Fe.

El decreto prevé un período de concientización de 60 días desde su firma, durante el cual se llevan adelante acciones informativas destinadas a comerciantes, vecinos y conductores.

En paralelo, el municipio impulsa iniciativas de acompañamiento social e inserción laboral para las personas que realizaban esta actividad, con el objetivo de promover alternativas de empleo formal y un abordaje integral de situaciones de vulnerabilidad.

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