El Ejecutivo rechazó la ordenanza al considerar que su aplicación podría comprometer la responsabilidad institucional, ambiental y financiera del Municipio. La iniciativa había sido aprobada por unanimidad en el Concejo el 13 de enero.

Seguir en
La iniciativa deberá volver al ámbito del Concejo Municipal, que podrá insistir con la ordenanza sancionada o analizar eventuales modificaciones

El intendente de Rafaela, Leonardo Viotti, vetó la ordenanza que establecía un nuevo plan de implementación gradual y asistida de cortinas forestales en el área periurbana de la ciudad, una iniciativa que había sido aprobada por unanimidad en el Concejo Municipal durante una sesión extraordinaria realizada el pasado 13 de enero.

El veto quedó formalizado mediante un decreto firmado el martes 27 de enero, luego de que el Departamento Ejecutivo fuera notificado oficialmente de la sanción de la Ordenanza Nº 5.643, autoría del concejal Lisandro Mársico. La norma proponía modificar el esquema de aplicación de las cortinas forestales previstas en la Ordenanza Nº 5.331 y su decreto reglamentario.

Según se detalla en los considerandos del decreto, el Ejecutivo entiende que la ordenanza vetada introduce cambios sustanciales en el régimen vigente, particularmente en lo referido a los plazos de implementación, las condiciones de exigibilidad, el sistema sancionatorio y la asignación de responsabilidades entre el Estado municipal y los productores periurbanos.

Uno de los principales argumentos expuestos señala que la nueva normativa traslada al Municipio la provisión gratuita de especies forestales, la asistencia técnica, el financiamiento y el sostenimiento económico de las cortinas, sin prever mecanismos de reintegro, compensación o recupero de los fondos públicos invertidos. En ese sentido, el decreto sostiene que esto implicaría una afectación directa de recursos municipales en beneficio de un grupo determinado de productores, sin un criterio claro de equidad distributiva.

El texto del veto también remarca que, de acuerdo a los catastros relevados al momento de la sanción de la Ordenanza Nº 5.331, la mayor parte de los establecimientos afectados a la producción con aplicación de fitosanitarios ya cumplimentó la implantación de cortinas forestales o presentó los proyectos correspondientes para su aprobación.

Asimismo, el Ejecutivo advierte que, si bien la cuestión ambiental habilita la adopción de políticas públicas activas, ello no autoriza —según se expresa— a trasladar al erario municipal el costo económico de una obligación ambiental específica que, por el diseño normativo vigente, recae principalmente sobre los propietarios de los fundos rurales.

Otro de los puntos cuestionados es que la ordenanza vetada supedita la exigibilidad de la obligación ambiental a consensos previos con los productores respecto de la ubicación de las cortinas forestales. Desde el Ejecutivo se considera que esta condición podría derivar en demoras, paralización o judicialización de la política ambiental, lo que entraría en contradicción con el deber estatal de adoptar medidas preventivas eficaces.

El decreto también menciona que la reapertura de plazos ya vencidos y la modificación de restricciones vinculadas a la aplicación de fitosanitarios en determinadas zonas podrían configurar una regresión normativa, en contraposición con los principios de protección ambiental consagrados en la Constitución Nacional y en la legislación vigente.

En ese marco, el intendente concluye que la Ordenanza Nº 5.643 resulta inconveniente al interés público, al considerar que podría comprometer la responsabilidad institucional, ambiental y financiera del Municipio, además de afectar la operatividad administrativa del régimen actual.

Con el veto, la iniciativa deberá volver al ámbito del Concejo Municipal, que podrá insistir con la ordenanza sancionada o analizar eventuales modificaciones, según lo establece el procedimiento legislativo local.

Seguí las noticias de Radio Mitre Santa Fe en Google News Seguinos en Google News