En la provincia de Santa Fe, el sistema jubilatorio docente presenta particularidades que lo diferencian del régimen general, especialmente en lo que respecta al cómputo de servicios, un beneficio exclusivo para quienes se desempeñan frente al aula.
En primer lugar, es importante distinguir entre los dos regímenes vigentes:
El régimen docente puro establece que tanto hombres como mujeres pueden acceder a la jubilación a los 57 años de edad con 30 años de servicio, alcanzando el 76% del haber. Con 33 años de servicio, el porcentaje asciende al 82%. Este régimen comprende a maestras de grado, profesoras con más de 30 horas cátedra y cargos directivos.
Por otro lado, el régimen docente proporcional fija la edad jubilatoria en 60 años, tanto hombres como mujeres, , con 30 años de servicio para acceder al 76% y 33 años para el 82%. Aquí se incluyen profesoras con menor carga horaria, bibliotecarias, secretarias y personal con tareas pasivas.
Dentro de este esquema, el cómputo de servicios adquiere un rol central. Se trata de un beneficio exclusivo para docentes frente al aula, que permite, por cada cinco años trabajados, adicionar un año de edad y un año de servicios.
Este mecanismo puede modificar sustancialmente la situación previsional. Por ejemplo, una docente mujer de 54 años con 30 años de aportes puede computar seis años, alcanzando así los 60 años de edad y 36 años de servicio, lo que le permite acceder al 82% móvil dentro del régimen ordinario.
Cabe destacar que, si bien el cómputo implica un costo, el mismo no supera el 10% del haber jubilatorio y se abona en cuotas, lo que lo convierte en una herramienta altamente beneficiosa.
Dada la complejidad del sistema y las particularidades de cada caso, resulta fundamental realizar un análisis individual previo a iniciar el trámite.
Marisol Escandell
Abogada – Especialista en Derecho Previsional