Luego de conocerse el proyecto ingresado por la concejal Carla Boidi, que propone modificar un artículo de la ordenanza vigente del Código Municipal de Faltas, Augusto Rolando, de Juntos por el Cambio y miembro del Bloque Oficialista “Unidos para Cambiar Santa Fe”, presentó su propuesta para derogar la ordenanza completa y “actualizarla”.
Según explicó el concejal en los fundamentos de su propuesta, la normativa está vigente desde hace más de cinco décadas. Por ello, su iniciativa busca crear un nuevo marco legal alineado con los principios del derecho moderno, la digitalización y la realidad social actual.
El proyecto establece que el código actual “constituye un cuerpo normativo no solo obsoleto por su antigüedad, sino también elaborado en el contexto de un gobierno nacional de facto, sin legitimidad democrática”. En ese sentido, la iniciativa busca reemplazarlo por una norma “moderna, constitucional y eficaz”.
El nuevo Código elimina expresamente la figura del arresto como sanción y propone en su lugar penas como multas, inhabilitaciones para conducir, clausuras, decomisos, amonestaciones, trabajos comunitarios y cursos de educación y concientización. “Muchas de los preceptos contenidos en el actual Código de Faltas presentan serias objeciones de constitucionalidad”, advierte el texto. Entre ellos, menciona “la posibilidad de disponer el arresto por el solo hecho de adeudar una multa”, y la exclusión de la libertad condicional, que resultan “incompatibles con los principios del derecho constitucional y del derecho administrativo sancionador moderno”.
Uno de los ejes centrales de la propuesta es la actualización tecnológica del sistema de faltas. El proyecto regula formalmente el uso de imágenes del Centro de Monitoreo Urbano, actas digitales y medios electrónicos para las notificaciones. También establece que “la constatación de infracciones podrá realizarse utilizando medios digitales y/o dispositivos electrónicos, sean remotos o no”, y que dichas imágenes deberán cumplir con requisitos de validez probatoria.
Además, se reconocen nuevos canales de comunicación entre la ciudadanía y los Juzgados de Faltas. El nuevo texto señala que hoy es posible realizar gestiones y descargos “mediante correo electrónico, mensajería instantánea (como WhatsApp) y otras plataformas digitales”, herramientas que ahora quedarían oficialmente habilitadas.
El proyecto también refuerza la facultad del Municipio para actuar ante situaciones de riesgo. Se autoriza a personal jerarquizado de Protección Vial y Comunitaria a disponer “medidas preventivas y anticipadas al proceso contravencional”, como la suspensión de actividades o decomisos, en casos que comprometan “la seguridad y/o integridad y/o salubridad de las personas”, con intervención posterior del Juzgado de Faltas.
Otro aspecto destacado es el régimen de reincidencias, que fija criterios claros para el agravamiento de sanciones. En caso de faltas leves, la reincidencia dentro de un año podrá aumentar la multa progresivamente. Para las faltas graves, se establece incluso la inhabilitación para conducir con plazos que escalan desde nueve hasta dieciocho meses.
Finalmente, el proyecto subraya que el nuevo código se apoya en los principios del derecho administrativo sancionador moderno y en el respeto por los derechos humanos, “garantizando el debido proceso, la proporcionalidad de las sanciones, y la posibilidad de instancias recursivas, de acuerdo con los estándares nacionales e internacionales vigentes”.
De ser aprobado -aun falta debatirlo en las comisiones-, Rafaela contaría con un instrumento legal que acompaña su crecimiento urbano, se adapta al uso de nuevas tecnologías y fortalece la justicia administrativa local. “Esta actualización fortalecerá tanto la capacidad operativa de las áreas competentes como la construcción de una ciudadanía más responsable y una convivencia democrática más sólida”, concluye el texto.