Tras los cuestionamientos vecinales por las liquidaciones proforma, el Concejo introdujo cambios clave en la ordenanza del plan de pavimentación. Te compartimos el texto definitivo votado en el cuerpo legislativo.

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La letra chica de las modificaciones se discutió hasta último momento entre los distintos bloques.

El Concejo Municipal de Rafaela avanzó, como ya anticipara RAFAELA NOTICIAS, en una reforma sustancial de la Ordenanza Nº 5.624, que regula el plan de pavimentación y repavimentación de la ciudad. Esta modificación surgió como respuesta a las diversas interpretaciones y niveles de aceptación de los vecinos tras recibir las liquidaciones proforma de las obras. La intención principal es garantizar una información más clara y accesible, así como asegurar la trazabilidad de los recursos en un contexto de alta inflación.

En esta nota, se comparte un repaso, uno por uno, de las nuevas reglas de juego fijadas para esta obra fundamental para el progreso de la ciudad y la calidad de vida en los barrios.

Moción de Modificación Final de Pavimento con los considerandos.pdf

 

Financiamiento: cuotas con tope y comparación de costos con el sector privado

 

Uno de los ejes centrales de la reforma es el sistema de pago fijado para la totalidad de los 3.800 catastros alcanzados por la contribución por mejoras.

  • Los frentistas podrán optar por un pago contado (o hasta en 3 cuotas) con un beneficio del 15% de descuento.
  • Para quienes prefieran la financiación, se establece un plazo de hasta noventa y seis (96) cuotas mensuales.
  • Además, se dispuso que el valor de estas cuotas se actualizará semestralmente, pero con un límite estricto: la actualización no podrá superar el índice “Costo de la Construcción (I.C.C.)” que elabora el INDEC.
  • Para sectores vulnerables, jubilados o pensionados, el Municipio podrá acordar planes especiales de hasta 192 cuotas cuando se demuestre escasez de recursos o inconvenientes económicos.
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Para asegurar que el costo de la obra sea justo, la nueva normativa obliga a la autoridad de aplicación a solicitar al menos dos presupuestos de referencia del sector privado. A los fines de la liquidación, se tomará como base el menor valor resultante entre el costo determinado por el Municipio y los presupuestos privados, siempre que se cumplan los estándares técnicos.

Senn, Soltermam y Scavino, en un momento del debate.
Senn, Soltermam y Scavino, en un momento del debate.

 

Registro de Oposición y blindaje de fondos
  • El Registro de Oposición se habilitará por cada zona definida (de la A a la Ñ) con un plazo de 25 días hábiles. El mismo vencerá el 18 de mayo. En ese lapso, permanecerá abierto también los sábados, de 8 a 12, además del horario habitual de lunes a viernes de 7 a 12.30
  • La oposición se considerará positiva (es decir, la obra no se realizará) si el monto de las contribuciones de los vecinos opositores supera el cuarenta por ciento (40%) del monto total de las liquidaciones previstas para cada zona.
  • En sectores donde coexistan obras de pavimento nuevo y repavimentación de concreto asfáltico, la oposición se computará por separado según el tipo de intervención.
  • Finalmente, para evitar suspicacias sobre el destino del dinero, se ha decidido "blindar" los recursos. Los ingresos por Contribución por Mejoras se imputarán a una partida presupuestaria específica que no podrá ser objeto de reasignaciones ni transferencias a otras cuentas.
  • El Ejecutivo deberá, además, rendir cuentas trimestralmente ante el Concejo Municipal, detallando montos recaudados, saldos disponibles y el avance físico de las obras (metros lineales y cuadras efectuadas).
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