La Justicia de Rafaela dictó una sentencia favorable al pedido de desalojo de los departamentos ubicados sobre avenida Mitre al 500, un inmueble que desde hace tiempo se encontraba ocupado de manera irregular y que había generado reiterados reclamos de vecinos por hechos de inseguridad y conflictos convivenciales. La abogada María Marelli, representante legal de la parte actora, explicó en diálogo con este medio los alcances del fallo judicial, el recorrido del expediente y las particularidades de un caso que combinó aristas legales, sociales y urbanas. María Marelli - Abogada - Desalojarán el inmueble de Av.Italia     Un conflicto que comenzó con un emprendimiento frustrado     Según detalló la letrada, el origen del problema se remonta a un acuerdo entre el propietario legítimo del inmueble y un desarrollador inmobiliario, mediante el cual se proyectaba la construcción de departamentos. El propietario recibiría algunas unidades como parte de pago, mientras que el resto quedaría para el desarrollador. Sin embargo, el emprendimiento no se concretó conforme a lo pactado y ese conflicto contractual fue resuelto por otra vía judicial, independiente del actual juicio de desalojo. “Es importante aclarar que el juicio de desalojo es una causa aparte, distinta del conflicto inicial entre las partes”, remarcó Marelli. La vía penal y el paso a la Justicia civil En un primer momento, el caso fue intentado encauzar por la vía penal, aunque sin éxito. La Justicia penal se declaró incompetente al considerar que se trataba de una cuestión netamente civil. A partir de allí se inició el proceso de desalojo ante el Juzgado de Circuito Nº5 de Rafaela. “La causa tuvo una complejidad técnica muy importante, no solo por el tiempo que llevaba el conflicto, sino también por la notoriedad pública del caso y por las múltiples situaciones de inseguridad que se registraban en el lugar”, explicó la abogada. Un inmueble sin habilitación para vivienda Otro punto central señalado en la entrevista es que las unidades no estaban habilitadas para ser habitadas. La obra no contaba con final de obra y había sido clausurada, lo que sumaba una irregularidad adicional a la ocupación. “El inmueble no estaba apto para vivienda, lo que agravaba la situación”, sostuvo Marelli, al tiempo que recordó que en el lugar se registraron allanamientos, focos de incendio, acumulación de basura y episodios de violencia que motivaron constantes quejas del vecindario. La sentencia y sus alcances La sentencia, dictada el 30 de diciembre, reconoció el derecho legítimo del propietario sobre el inmueble y declaró la precariedad e ilegalidad de la ocupación. No obstante, la abogada aclaró que el fallo aún debe quedar firme. “El proceso judicial tiene distintas etapas. Ahora debemos esperar que la sentencia se consolide”, explicó. Una vez firme, la resolución establece un plazo de 30 días hábiles para que el inmueble quede completamente desocupado, plazo que comenzará a computarse a partir del primer día hábil judicial de febrero. Identificación de ocupantes y rol de la fuerza pública El inmueble cuenta con 15 unidades habitacionales. Uno de los principales desafíos del proceso fue identificar a las personas que habitaban el lugar, debido al constante ingreso y egreso de ocupantes. Para ello se realizaron numerosas constataciones, muchas de ellas sin presencia policial. “Fue una tarea engorrosa y riesgosa. Quiero destacar el trabajo de los oficiales de justicia que intervinieron, porque no era fácil presentarse en ese inmueble”, valoró Marelli. El fallo ordena el desalojo de los ocupantes identificados y de terceros ocupantes, teniendo en cuenta el carácter dinámico de la ocupación. En caso de no cumplirse voluntariamente, la medida deberá ser ejecutada con intervención de la fuerza pública. Familias, menores y extranjeros En el inmueble residían varias familias y se estimaba la presencia de numerosos menores, aunque no todos pudieron ser identificados durante el proceso. Según indicó la abogada, el Servicio Local de la Niñez intervino durante todo el trámite judicial y participó de las audiencias, garantizando la representación de los derechos de niños y niñas. Además, Marelli confirmó que no todas las personas que habitaban el lugar eran de Rafaela y que incluso había ocupantes extranjeros. Sin documentación que respalde la ocupación Consultada sobre si los ocupantes presentaron algún tipo de documentación que justificara su permanencia en el inmueble, la abogada fue categórica: “No pudieron acreditar absolutamente nada en el expediente”. Algunos de los habitantes contaban con representación legal a través de la Defensoría, que ofreció pruebas y planteos, aunque estos no resultaron suficientes para desvirtuar la pretensión de la parte actora. Municipio, Provincia y división de poderes En relación al rol del Estado, Marelli explicó que el Municipio y la Provincia no intervinieron directamente en el proceso judicial, más allá de la participación del área de niñez. “Esto es una causa entre particulares y se resolvió en sede judicial. Hay división de poderes”, señaló. No obstante, consideró que, en la etapa que se abre ahora, con la sentencia dictada y la feria judicial en curso, el Municipio podría articular acciones a través de sus áreas sociales para evitar un lanzamiento forzoso masivo. Un contexto social cada vez más complejo Finalmente, la abogada contextualizó el caso dentro de una problemática más amplia vinculada al acceso a la vivienda. “Hay un aumento de la conflictividad. Los alquileres han subido, no hay una ley de alquileres vigente y muchas familias no pueden afrontar solas el costo de una vivienda”, explicó. En ese marco, señaló que se observa cada vez con mayor frecuencia la convivencia de varias familias en un mismo inmueble como estrategia para afrontar gastos, aunque advirtió que estas situaciones suelen derivar en conflictos. “Los juicios de desalojo son siempre situaciones extremas, difíciles, pero la Justicia debe actuar. La presencia de menores no impide el desalojo, aunque sí exige cumplir con trámites e intervenciones específicas”, concluyó.