La resolución fue adoptada por el juez Javier Bottero tras una audiencia que se prolongó durante 4 horas, en la tarde/noche del jueves.

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El juez de Investigación Penal Preparatoria Dr. Javier Bottero dispuso la prisión preventiv de Lucas Cabrera Viera y Miguel Malagueñpo, dos sujetos que se encuentran imputados en la causa en la que se investiga el homicidio de Federico Bazán. El fiscal del caso es el doctor Pedro Machado.

El juez consideró que se cumplieron los requisitos previstos en la ley, en lo concerniente a las condiciones para imponer la prisión preventiva: dar por probada, en esta etapa de la investigación -el hecho ocurrió el 22 de octubre- la presunta autoría material del crimen, con una expectativa de pena alta dada la calificación penal en que se encuadra el delito investigado; verificar las existencia de peligros procesales en caso de que los imputados recuperaran la libertad con medidas alternativas; y también el posible peligro de fuga de los imputados.

Homicidio criminis causa

 

Machado relató que “los hechos ocurrieron el miércoles 22 de octubre pasado, aproximadamente a las 20:00, en la ciudad de Frontera”.

El fiscal sostuvo que “en el domicilio de calle 108 al 200 se hizo presente a bordo de un automóvil una pareja con el objetivo de adquirir dólares en efectivo que el hombre necesitaba para realizar una operación de compra de soja”. En ese sentido, manifestó que “la pareja iba acompañada por Bazán, quien intervenía como intermediario de la operación comercial”.

Machado relató que “fue Bazán quien ingresó al inmueble en primer lugar, momento en que los dos imputados lo redujeron y le sujetaron las manos en la espalda con precintos” y agregó que, “inmediatamente después, el hombre de 28 años salió al exterior para solicitarle al interesado de comprar la moneda extranjera que bajara y ayudara a contar los billetes, mientras la mujer se quedaba arriba del automóvil”.

Sostuvo el funcionario del MPA que “una vez en el interior del inmueble, el mayor de los imputados apoyó un arma de fuego en la cabeza del hombre mientras junto con el otro imputado que también tenía en su poder un arma de fuego, lo agredieron con culatazos en la cabeza mientras le exigían que les dijera dónde tenía el dinero”.

Continuó su relato Machado diciendo que “inmediatamente después, el hombre de 23 años se dirigió al exterior y le exigió a la mujer que estaba en el auto apuntándole con el arma de fuego que portaba que le entregara el dinero que tenían, momento en el que en el interior del inmueble Bazán y el hombre interesado en adquirir los dólares enfrentaron al otro imputado, forcejearon y salieron a la vereda”.

“Allí, ambos imputados, actuando de manera conjunta y conscientes de su accionar, comenzaron a efectuar varios disparos contra Bazán y el otro hombre con la clara intención de darles muerte”, agregó.

Finalizó diciendo Machado que “los disparos efectuados por ambos imputados fueron dirigidos hacia zona vitales de las víctimas que causaron el fallecimiento inmediato de Bazán y heridas de gravedad en el otro hombre, que determinaron su internación en el hospital de la ciudad de San Francisco (Córdoba), por lo que el objetivo de darle muerte a este último no fue concretado por razones ajenas a la voluntad de los imputados”.

Riesgos procesales

Machado manifestó que “con el grado de probabilidad requerido en esta instancia del proceso, el juez dio por acreditado –con las evidencias que presentamos– que los hechos se sucedieron del modo en el que lo planteamos desde la Fiscalía y que ambos imputados fueron sus autores con igual distribución de tareas”.

Asimismo, el funcionario del MPA sostuvo que “el magistrado contempló que la pena en expectativa es de cumplimiento efectivo en virtud de la calificación legal seleccionada por lo que la pena en expectativa no sería de cumplimiento condicional, por lo que entendió que estaban vigentes el peligro de fuga y el de entorpecimiento probatorio”.

Agregó el fiscal que “Bottero consideró necesario proteger a las víctimas ya que no es ilógico pensar que los hombres investigados intenten influenciarlos, amenazarlos u hostigarlos con el propósito de mejorar su situación procesal”.

“Además, consideró el juez que no existe otra manera de neutralizar los peligros procesales que no sea con la prisión preventiva”, concluyó Machado.

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