Se trata de la normativa unifica la regulación de remises y plataformas digitales en Rafaela. Los prestadores tienen 30 días para adecuarse a la Ordenanza.

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El jueves 15 de enero quedó promulgada de manera automática la Ordenanza N.º 5.637, que crea el nuevo Régimen de Movilidad Urbana por Vehículos de Alquiler con Conductor en la ciudad de Rafaela. La normativa establece un marco integral que regula de forma conjunta el funcionamiento de los remises tradicionales y de las plataformas electrónicas de transporte de personas.

La ordenanza, sancionada por el Concejo Municipal el 18 de diciembre de 2025, surge ante la necesidad de actualizar y unificar la normativa vigente, teniendo en cuenta los cambios en los hábitos de movilidad y el crecimiento de aplicaciones digitales de intermediación en el transporte privado de pasajeros. El objetivo central es garantizar seguridad jurídica, igualdad ante la ley, competencia leal entre prestadores y mayor protección para los usuarios.

Un régimen único para servicios equivalentes

 

El nuevo régimen reconoce que tanto los remises como las plataformas digitales cumplen una misma finalidad: brindar un servicio privado oneroso de transporte puerta a puerta, bajo demanda, con vehículos habilitados y conductores registrados. Por ello, se establece un marco regulatorio común, con disposiciones generales y regulaciones específicas para cada subsistema.

La Autoridad de Aplicación será la Secretaría de Gobierno y Modernización, o la que en el futuro la reemplace, y el servicio queda definido como privado de interés público, sujeto al poder de policía municipal.

Registro único y mayores controles

Uno de los ejes centrales de la ordenanza es la creación del Registro Único de Vehículos, Conductores, Agencias y Plataformas, en el que deberán inscribirse todos los actores que presten servicios comprendidos en este régimen.

Los vehículos deberán cumplir requisitos estrictos de antigüedad, seguridad, higiene, radicación en la ciudad y revisiones técnicas obligatorias. Además, las habilitaciones serán anuales y podrán ser revocadas si se incumplen las condiciones exigidas.

En cuanto a los conductores, deberán contar con licencia profesional, no registrar deudas por infracciones, portar la documentación correspondiente y cumplir normas de conducta durante la prestación del servicio, con sanciones agravadas en caso de reincidencia o faltas graves como agresiones o conducción bajo efectos de alcohol o drogas.

Derechos de los usuarios

La ordenanza también refuerza los derechos de los usuarios, quienes podrán exigir condiciones de seguridad, higiene y eficiencia, reclamar ante la autoridad de aplicación, solicitar asistencia en casos de movilidad reducida y requerir comprobantes de viaje con el detalle del importe abonado.

Regulación específica para remises

En el subsistema de remises, se ratifica que el servicio solo puede prestarse mediante agencias habilitadas, se prohíbe la captación de pasajeros en la vía pública y se establecen requisitos edilicios, de funcionamiento y de distancia mínima entre agencias.

Los vehículos de remises deberán ser de color blanco, contar con obleas identificatorias y exhibir información visible del conductor, del permisionario y de la agencia correspondiente.

Plataformas digitales: requisitos y obligaciones

En cuanto a las plataformas electrónicas, la ordenanza exige su inscripción formal, la constitución de domicilio legal en Rafaela, la designación de un representante local y la presentación periódica de la nómina de conductores y vehículos habilitados.

Las plataformas deberán informar previamente el precio del viaje, permitir pagos electrónicos y en efectivo, garantizar seguros vigentes y brindar información clara al usuario sobre el conductor y el vehículo asignado. También se prevén sanciones económicas y la exclusión inmediata ante falseamiento de datos.

Integración entre sistemas y disposiciones transitorias

La normativa permite que taxis y remises habilitados puedan operar también a través de plataformas digitales, aplicándose en esos casos la tarifa establecida por la aplicación.

Finalmente, se derogan ordenanzas anteriores, se otorga un plazo de 30 días para que las plataformas adecuen su funcionamiento al nuevo régimen y se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a dictar las reglamentaciones necesarias para su implementación y control.

Con la promulgación automática de esta ordenanza, Rafaela da un paso clave hacia un sistema de movilidad urbana más moderno, transparente y equitativo, adaptado a las nuevas formas de transporte y con reglas claras para todos los actores involucrados.

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