La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dictó una nueva disposición que prohíbe el uso, la comercialización, la publicación en plataformas de venta en línea y la distribución de una serie de productos cosméticos en todo el territorio argentino por no contar con la inscripción sanitaria obligatoria en sus rótulos.
La medida fue oficializada mediante la Disposición 16/2026 publicada en el Boletín Oficial, y alcanza a geles neutros y cremas bases cosméticas de varias marcas, entre ellas QUIFAM, ECOTIDY, VEPO, ACTIVA LAB y NAMECO.
Según la ANMAT, al no figurar en la base de productos inscriptos ante la autoridad sanitaria, estos artículos se consideran ilegítimos, dado que no se conoce el establecimiento responsable de su elaboración ni se puede garantizar su seguridad y eficacia para el consumidor.
La decisión se da en el marco de un sistema de Cosmétovigilancia que vigila y evalúa irregularidades en la comercialización de artículos de higiene personal y belleza, reforzando la protección del público frente a productos no autorizados o potencialmente peligrosos.