Una disputa por un terreno terminó en una denuncia penal por estafa que finalmente fue desestimada. El conflicto se originó en junio de 2022, cuando un comprador acordó adquirir un lote de una urbanización en el sur de Rafaela. Según relató el hijo del comprador —quien lo representó ante la Justicia por ser abogado—, el precio pagado fue superior al valor de mercado por tratarse precisamente de un lote esquinero. La operación, sin embargo, nunca quedó plasmada en un boleto de compraventa. En cambio, se firmó una “cesión de oferta de compra” con una escritura pública redactada por una escribana local. El denunciante aseguró que fue presionado para firmar un contradocumento por un valor muy inferior al real —1.600.000 pesos, en lugar de los 46 mil dólares que, según sostiene, se abonaron— lo que a su juicio constituía una maniobra para evadir impuestos. Pero el mayor punto de conflicto llegó tiempo después. Luego de haber pagado la totalidad del precio y solicitar la escrituración, el comprador fue notificado de que el lote que finalmente le correspondía no era el de la esquina supuestamente acordado sino otro dentro del mismo desarrollo inmobiliario. Según sus dichos, el nuevo terreno tenía un valor estimado 10 mil dólares menor y se hallaba en una zona menos cotizada del proyecto. Por supuesto, todo esto fue negado por las contrapartes de este caso, que sostuvieron que siempre estuvo claro cuál era la ubicación del lote real que le correspondía al denunciante, marcados primero en un plano provisorio y luego (con cambios de denominación) en un plano definitivo. La denuncia apuntó contra dos empresarios (un abogado y un ingeniero) vinculados al fideicomiso que comercializaba los terrenos, así como contra la escribana interviniente. El planteo principal fue que hubo un cambio doloso del lote, una ocultación del verdadero plano de mensura y una negativa deliberada a escriturar en tiempo y forma. Por eso la denuncia fue radicada en el Ministerio Público de la Acusación, que tras la investigación de rigor desestimó completamente la misma, considerando que no existió delito alguno Asi, la Unidad Fiscal especializada en Criminalidad Económica y Compleja decidió desestimar la denuncia. En su resolución, a la que accedió RAFAELA NOTICIAS, el fiscal entendió que no se acreditaron los elementos típicos de una estafa: no hubo engaño previo ni una maniobra ardidosa demostrada que hubiera inducido al error al comprador. El dictamen advierte que si bien pudo haber desprolijidades en la operación —como la firma de documentos ambiguos o la entrega de planos incorrectos—, no se acreditó dolo ni intención fraudulenta por parte de los denunciados. También consideró que el conflicto tiene más bien características civiles o contractuales, y no penales. En cuanto a la actuación de la escribana, el Ministerio Público de la Acusación no halló evidencia para imputarle responsabilidad penal. Su intervención se limitó a la redacción del instrumento de cesión, sin que se demostrara conocimiento o participación en la eventual modificación de las condiciones del negocio. Finalmente, es importante resaltar que en uno de los párrafos de la resolución el MPA subraya que "no caben dudas que los documentos suscriptos por las partes -denunciante y denunciados- determinan que el lote por el cual se realizó la operación comercial es el Nº 26 de la Manzana .......(detalla la ubicación) y que conforme el plano del proyecto vigente al momento de la suscripción de dichos documentos, el mismo no se corresponde con el pretendido por el denunciante y su padre, esto es, el lote de la esquina de calles Constitución y Marozzi, sino que el mismo se encuentra emplazado a unos 20 metros aproximadamente hacia el sur de dicha esquina". En suma, le da la razón a los urbanizadores en el punto principal del reclamo. Como consecuencia de estos fundamentos, la Fiscalía resolvió archivar la causa desde el punto de vista penal.