Se trata de Marcelo Rubén Ruiz, de 51 años, quien le provocó a la víctima un grave daño en la salud al contagiarle una enfermedad. La sentencia fue dispuesta en un juicio oral que finalizó hoy en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.

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Un hombre de 51 años identificado como Marcelo Rubén Ruiz fue condenado a 16 años de prisión por haber abusado sexualmente de un niño al que le provocó un grave daño en la salud al contagiarle una enfermedad. El ilícito fue cometido en Santo Tomé (departamento La Capital).

La sentencia fue resuelta por la jueza Susana Luna en un juicio oral que se desarrolló en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.

La investigación penal estuvo a cargo del fiscal Matías Broggi, mientras que la fiscal Laura Gerard representó al MPA en el debate.

Tras conocer el veredicto, Gerard valoró que “la magistrada consideró acreditada la atribución delictiva y condenó a Ruiz por la calificación penal y el monto de la pena que habíamos solicitado en nuestros alegatos”.

Asimismo, la fiscal precisó que “desde el MPA, llevamos adelante un trabajo articulado con la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia, el Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos de la Niñez de Santo Tomé y el SAMCo de esa ciudad, a fin de proteger los derechos del niño que sufrió el abuso, brindarle una contención integral y esclarecer lo que había sucedido”.

Abuso

Gerard señaló que “el condenado cometió el abuso en 2022, cuando la víctima transitaba su escolaridad primaria”, y aclaró que “el hombre era vecino y amigo de la familia del pequeño”.

“El hecho delictivo fue en la vivienda del niño, en una oportunidad en la que Ruiz se quedó a cargo de cuidarlo mientras estaban a solas en un lugar de la casa”, afirmó la funcionaria del MPA. “Al agredirlo sexualmente, le transmitió una enfermedad con la que la víctima fue diagnosticada al año siguiente y demandó diversas intervenciones médicas y tratamientos”, subrayó.

Calificación penal

Ruiz fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal agravado (por haber provocado un grave daño en la salud de la víctima).

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