El juez rechazó el pedido de prisión preventiva de la Fiscalía y otorgó la libertad bajo estrictas reglas de conducta a tres mujeres investigadas por presunto microtráfico en barrio Acapulco.

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En una audiencia imputativa realizada este 18 de febrero en los tribunales de Rafaela, el juez Gustavo Javier Bumaguin resolvió no hacer lugar al pedido de prisión preventiva formulado por la fiscal Analia Elizabeth Abreu y dispuso la libertad bajo estrictas reglas de conducta para Karen Naiara Martínez, Dévora Cristina Mendoza y Silvina Noemí Mendoza, investigadas por infracción a la Ley 23.737 en el marco de una causa por presunto microtráfico en barrio Acapulco, jurisdicción de Josefina. Misma medida para Gabriel Hernán Galarza.

La Fiscalía había sostenido que existía una estructura territorial organizada, con distintos domicilios conectados entre sí para la comercialización de estupefacientes. Según expuso en audiencia, a partir de la detención de un hombre en la ciudad de San Francisco se avanzó con allanamientos en Josefina, donde se secuestraron envoltorios fraccionados, recortes y material compatible con la venta al menudeo.

 

 

La acusación remarcó que la cantidad incautada no era menor y que el fraccionamiento evidenciaba finalidad de comercialización. También planteó riesgos procesales, especialmente peligro de fuga y de entorpecimiento probatorio, y solicitó que las tres mujeres transiten el proceso detenidas.

La postura de las defensas

Las defensas técnicas, ejercidas por Georgina Carla Allasia y Federico Jose Scarinci, cuestionaron la existencia de una organización estructurada y señalaron que no se acreditaron riesgos procesales concretos que justificaran una medida de encierro.

Subrayaron que las imputadas no cuentan con antecedentes penales y que tienen hijos menores a cargo. También pusieron en discusión la vinculación entre los distintos domicilios allanados y la atribución de coautoría en los hechos investigados. En ese marco, solicitaron medidas alternativas y recordaron que la prisión preventiva debe ser el último recurso dentro del proceso penal.

Libertad con reglas estrictas

 

 

Al momento de resolver, el juez Bumaguin consideró acreditado el grado de probabilidad exigido para esta etapa procesal en cuanto a la existencia del hecho y la posible participación de las imputadas. Sin embargo, entendió que los riesgos invocados por la Fiscalía podían neutralizarse mediante reglas de conducta.

En consecuencia, dispuso la libertad de Karen Naiara Martínez con la obligación de fijar domicilio en Josefina, firmar semanalmente en la comisaría correspondiente y cumplir una prohibición de acercamiento en un radio de 200 metros respecto de los domicilios vinculados a la investigación, además de la prohibición de tener, transportar o comercializar estupefacientes.

En el caso de Silvina Noemí Mendoza, ordenó también la libertad bajo medidas alternativas, que incluyen la fijación de domicilio en la misma localidad, la firma semanal y la prohibición de tener o transportar cualquier tipo de sustancia estupefaciente.

Para Dévora Cristina Mendoza, la resolución fue en el mismo sentido: libertad con obligación de constituir domicilio en Josefina, firma periódica ante la autoridad policial y prohibición de tener o transportar estupefacientes.

En el caso de Gabriel Hernán Galarza, dispuso la libertad bajo reglas de conducta: fijar domicilio en calle 18 de Josefina, mudarse en el plazo de 72 horas, informar el nuevo domicilio, firmar quincenalmente en comisaría y cumplir con prohibiciones de acercamiento y de portar material estupefaciente.

Asimismo, el magistrado instó al Ministerio Público de la Acusación a dar intervención a los organismos de Niñez competentes para que evalúen la situación de las familias y de los menores involucrados, en caso de que no se hubiera hecho previamente.

De este modo, el tribunal rechazó el pedido de prisión preventiva y optó por un esquema de control judicial mientras continúa la investigación por presunta comercialización de estupefacientes en la zona.

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