El entendimiento firmado entre el sindicato y la Federación de Entidades de Combustibles estableció un aumento del 4 por ciento desde marzo y un 2,2 por ciento adicional, a pagar en mayo. Así, se dio por concluida la paritaria 2024-2025.

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Imagen ilustrativa.

El Ministerio de Capital Humano de la Nación homologó el último acuerdo paritario correspondiente a los trabajadores de Estaciones de Servicio correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 488/07, cerrando así la negociación salarial del ciclo comprendido entre abril de 2024 y marzo de 2025.

La medida fue formalizada a través de la Disposición DI-2025-689-APN-DNRYRT#MCH, firmada el 31 de marzo de 2025 por la Directora Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, Mara Agata Mentoro. El acuerdo fue suscripto por la Federación de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio y el Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio en representación de los trabajadores, y por la Federación de Entidades de Combustibles por la parte empleadora.

FECRA, AES y la Cámara de Expendedores de GNC, pactaron con el SOESGyPE una suba en los haberes del personal para los primeros meses del año. A partir de mayo comenzarán las negociaciones del nuevo período.

Según lo convenido, a partir dl 1° de marzo de 2025 se debió aplicar un aumento del 4 por ciento sobre los salarios básicos correspondientes al mes de enero. Además, se otorgará un incremento adicional del 2,2 por ciento, calculado sobre los sueldos del mes de marzo, que se abona entre el 5 y el 15 de mayo, incorporándose a los haberes del mes de abril.

Con este ajuste, las partes dieron por finalizada la negociación paritaria del período abril 2024 – marzo 2025, que había transitado varios tramos de revisión en función de la evolución inflacionaria y el contexto económico general. La suma del 2,2 por ciento, aunque percibida en mayo, se computará como parte del salario de abril, consolidando así la estructura de haberes hacia el cierre del período discutido.

El acto administrativo deja constancia de que no se detectaron contradicciones entre el acuerdo y la legislación laboral vigente, y que los firmantes acreditaron debidamente sus facultades para negociar colectivamente. Asimismo, se instruye a las áreas técnicas del Ministerio a que evalúen el promedio de remuneraciones derivado del acuerdo, base sobre la cual se fijará el tope indemnizatorio conforme al artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Finalizado este ciclo paritario, el sector deberá volver a la mesa de negociación este mes, cuando comenzará el debate para el nuevo período. En ese marco, el gremio anticipó que seguirán reclamando ajustes que acompañen el proceso inflacionario, además de pedir la reapertura de la discusión del convenio colectivo de trabajo.

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