En una audiencia de medida cautelar realizada este lunes 16 de febrero en la Oficina de Gestión de Audiencias (OGJ) Distrito 5 de Rafaela, el juez penal Gustavo Javier Bumaguin resolvió disponer la libertad de Marcos Miguel R., de 41 años, imputado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal y lesiones leves calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género. La fiscal de la causa es la Dra. Brenda Baños, mientras que la defensa estuvo a cargo del Dr. Carlos Farías Demaldé. De acuerdo a la atribución fiscal realizada el sábado 14 de febrero, los hechos se encuadran en un contexto de violencia de género, dado que el imputado y la víctima mantuvieron una relación de pareja durante aproximadamente ocho años y tienen una hija en común. En el primero de los legajos, se le atribuye que el 8 de enero de 2026, tras una discusión vinculada a la hija menor de ambos, habría golpeado a la mujer con un puño en el lado izquierdo de la mandíbula y la habría empujado, provocando su caída y el golpe de su cabeza contra el suelo. Cuando la víctima logró levantarse, siempre según la imputación, el hombre le habría propinado otro golpe de puño, ocasionándole lesiones que luego fueron constatadas médicamente. Estos hechos fueron calificados como lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género. En el segundo legajo, la Fiscalía le atribuyó haber abusado sexualmente de la mujer en múltiples oportunidades, obligándola a mantener relaciones sexuales con acceso carnal sin su consentimiento. El último de los episodios denunciados habría ocurrido el sábado 7 de febrero de 2026, en la habitación del domicilio barrio Italia, donde la mujer se encuentra cumpliendo prisión preventiva domiciliaria y convivía junto al imputado y sus hijos menores. Según la acusación, la víctima refirió haber sido agredida físicamente en reiteradas ocasiones y amenazada previamente con un arma de fuego, situación que también fue incorporada al contexto de violencia de género descripto por la Fiscalía. Judiciales 9 de Febrero de 2026 Luego de dos años, recuperó la libertad acusado de abuso sexual   La postura de la Fiscalía   Ya durante la audiencia cautelar de este lunes, la fiscal Brenda Baños detalló que la investigación se originó a partir de una intervención policial en el domicilio mencionado, donde se tomó conocimiento de una situación que podría encuadrarse en un contexto de violencia de género sostenida en el tiempo. La representante del Ministerio Público de la Acusación describió una secuencia de hechos que, según la denuncia, incluyeron agresiones físicas, amenazas y abusos sexuales reiterados. Señaló que la víctima relató haber sido obligada a mantener relaciones sexuales contra su voluntad en más de una oportunidad, en algunos casos mientras sus hijos menores se encontraban en la vivienda y podían escuchar lo que ocurría. Baños remarcó que los hechos denunciados no constituían episodios aislados, sino que evidenciaban —según su planteo— una progresión de violencia. Indicó que existía una relación asimétrica de poder y una situación de vulnerabilidad que debía ser ponderada bajo los estándares de protección previstos para casos de violencia de género. Asimismo, sostuvo que estaban presentes los riesgos procesales que habilitan la prisión preventiva. En ese sentido, mencionó la posibilidad de entorpecimiento probatorio, presión sobre la víctima o testigos y la necesidad de resguardar la integridad de la denunciante. También hizo referencia a la existencia de un arma de fuego en el domicilio, lo que —a su criterio— agravaba el cuadro de riesgo. Por todo ello, solicitó la prisión preventiva del imputado mientras avanzaba la investigación. Judiciales 10 de Febrero de 2026 Quedaron en libertad dos imputados por un robo a empresas de Rafaela: el juez consideró insuficientes las pruebas   La posición de la Defensa Por su parte, el defensor particular Carlos Farías Demalde cuestionó la calificación legal y la procedencia de la medida cautelar solicitada por la Fiscalía. Sostuvo que no se encontraban reunidos los requisitos que exige la ley para disponer una prisión preventiva, al considerar que no existía peligro de fuga ni de entorpecimiento de la investigación. El abogado destacó que su defendido cuenta con arraigo en la ciudad, domicilio fijo y trabajo estable, además de carecer de antecedentes condenatorios. Señaló que el imputado se puso a disposición de la Justicia y no intentó eludir la acción penal. También planteó objeciones respecto de uno de los hechos atribuidos, al sostener que no habría existido una instancia válida de promoción de la acción penal por parte de la presunta víctima, lo que —según indicó— debía ser analizado en el marco del proceso. En relación al arma mencionada por la Fiscalía, afirmó que se encontraba debidamente registrada y que su sola existencia no implicaba un riesgo concreto. Por ello, solicitó que se rechace el pedido de prisión preventiva y, en su caso, se dispongan medidas alternativas menos gravosas. La resolución Tras escuchar a ambas partes y analizar los elementos expuestos en la audiencia, el juez resolvió no hacer lugar a la prisión preventiva y otorgar la libertad al imputado bajo estrictas condiciones, entre ellas la fijación de domicilio, firma semanal en sede policial, prohibición absoluta de contacto y acercamiento a la víctima y testigos en un radio de 300 metros, y la prohibición de tenencia y portación de armas de fuego.