El Gobierno provincial, en coordinación con el Ministerio de Seguridad y el Ministerio Público de la Acusación, comunicó que las pintadas o amenazas de tiroteos en escuelas no son consideradas "bromas" ni "transgresiones escolares". Estas conductas constituyen el delito de Intimidación Pública, tipificado en el Artículo 211 del Código Penal. Consecuencias penales y allanamientos   La investigación activa incluye el uso de recursos tecnológicos como el rastreo de IP, análisis de redes sociales y peritajes. Las causas pueden derivar en allanamientos domiciliarios, secuestro de dispositivos tecnológicos y detenciones. El Estado advirtió que, en casos donde se sospeche la circulación de armas de fuego, se intervendrá incluso respecto a adolescentes que no hayan alcanzado la edad mínima de responsabilidad penal. Responsabilidad económica para las familias Los operativos de seguridad que se despliegan ante cada amenaza —que involucran fuerzas tácticas, agentes de tránsito y servicios médicos— generan costos que serán reclamados a los padres y representantes legales. De acuerdo al Artículo 1754 del Código Civil y Comercial, los adultos son solidariamente responsables por los daños causados por sus hijos. El Estado provincial demandará el pago de los gastos operativos y la reparación económica por los perjuicios ocasionados. Rol de la comunidad educativa El Ministerio instó a los docentes, directivos y Centros de Estudiantes a incluir estas situaciones como faltas gravísimas en los Acuerdos de Convivencia. Asimismo, solicitaron a las familias abordar este tema con urgencia para evitar que los estudiantes enfrenten procesos penales y afecten el patrimonio familiar.